Dadas las múltiples inquietudes que existen en torno a la legalidad de estos nuevos sistemas de marcación, así como respecto a la seguridad, confidencialidad y usos de la información que se recopilará, ANEIICH envió una carta al director nacional del SII, Fernando Barraza, con las observaciones de nuestra asociación de funcionarios y funcionarias respecto al nuevo sistema de control de asistencia que se implementará a contar del mes de marzo.
La carta señala que:
- Los nuevos mecanismos de marcación, en especial los sistemas de reconocimiento facial y geo referenciación, ¿Vulneran los límites establecidos por la legislación vigente relativos a la privacidad personal de las y los trabajadores?.
- De acuerdo a lo dispuesto en el dictamen 3.610 de la Contraloría General de la República, este sistema de control de asistencia no resulta aplicable a las y los trabajadores que se desempeñan en modalidades de trabajo remoto producto de la alerta sanitaria COVID-19, por lo que sólo debieran ser aplicables a quienes se desempeñan de forma presencial.
- De acuerdo a las disposiciones contenidas en el Estatuto Administrativo, no corresponde que un sistema de control de asistencia se realice a través de dispositivos personales de las y los funcionarios, de modo que la modalidad “aplicación móvil” no debiera ser implementada en nuestra institución (a no ser que ésta provea de equipos a cada funcionario). Asimismo, las modalidades “llamadas telefónicas” y “marcación web”, sólo podrían ser realizadas a través de equipos institucionales.
- No corresponde que un sistema de control de asistencia apele a la “voluntariedad” de las y los funcionarios, ya que en la práctica, se estaría configurando una especie de “negociación individual de condiciones laborales”, que transgrede el principio de legalidad que rige a los órganos de la administración del Estado.
Adicionalmente, se reiteró las diversas inquietudes de los asociados y las asociadas respecto a la seguridad, confidencialidad y usos de la información que se recopilará a través de este sistema, motivo por el cual ANEIICH solicitó que se disponga la entrega de la siguiente información a nuestra asociación:
- Políticas de reserva y manejo de la información contenidas en el contrato de prestación de servicio de la empresa licitada.
- Nómina detallada de autoridades y funcionarios que se harán cargo del manejo de esta información a nivel nacional y regional, así como sus procedimientos asociados.
- Sistemas que se implementarán para garantizar que la información recopilada, será utilizada exclusivamente para fines de control de asistencia.
Por último, ANEIICH solicitó formalmente, que mientras estas interrogantes no sean debidamente aclaradas por la Contraloría General de la República, que es el próximo paso a seguir por la directiva nacional de la Asociación, se disponga que este sistema sólo se implemente con la modalidad de “huellero electrónico”, tal cual se ha implementado hasta la fecha.
Por lo mismo, ANEIICH llama a sus socias y socios a:
– Utilizar sólo el huellero electrónico, tal como se hace hasta la fecha y sólo cuando desempeñen labores de forma presencial.
– No marcar si desempeñan sus labores en formatos de trabajo remoto (total o parcial).
– No descargar en sus teléfonos personales, la aplicación móvil para marcación.
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