El día 19 de marzo de 2021, la Subsecretaría de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, dictó el Ordinario 810 No 1.047, que, en síntesis, establece la posibilidad de negociar, entre trabajador/a “catalogado como positivo” de COVID-19 y empleador, la continuidad laboral vía teletrabajo.

Ante esto, la Asociación Nacional de Funcionarios del SII calificó este acto administrativo como ilegal, puesto que vulnera normativa expresa del Derecho Laboral y la Seguridad Social sobre trabajo, protección de la salud y licencias médicas; y, por sobre todo, porque resulta ser manifiestamente inconstitucional y contrario a los derechos humanos de las/los/les trabajadoras/es.

Pretender condicionar el derecho a licencia médica a un “pacto” carece de toda razonabilidad lógica, por cuanto en el contexto de la pandemia COVID-19, la licencia médica es “una herramienta fundamental, tanto para la protección de salud de los trabajadores, como para evitar contagios.

Por lo mismo, desde la Aneiich se ha solicitado dejar sin efecto el decreto de la Subsecretaría de Salud.

REVISA LA DENUNCIA COMPLETA AQUI

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